domingo, 7 de octubre de 2012

Por qué lo llaman AMOR cuando quieren decir SEXO.

Después de la semana que hemos llevado por aquí dan ganas de volver a retomar un post sobre los temas que nos gustan: las noticias curiosas en torno al proceloso mundo (me encanta esa expresión) de los Recursos Humanos.

Tampoco se dejen engañar por el título, esto no es un sábado sabadete, aunque pueda parecerlo.

Cuando leí el titular que hoy nos ocupa, no pude por menos que frotarme los ojillos; pero seguí leyendo, por ver si había truco, y todavía me los tuve que frotar un poquitín más:

Los besos no consentidos en el trabajo no son acoso:

Propinar “palmadas en las nalgas, tocamientos y besos inconsentidos” no son conductas que puedan calificarse legalmente como “acoso sexual”. Así lo entiende la Audiencia Provincial de Madrid que, en una sentencia del 9 de julio, absolvió al titular de una farmacia al que dos empleadas habían acusado de estos actos.

¿Siguen ahí tranquilos en sus sillones? 

La cuestión de fondo debe estar en que el relato de los hechos no contiene referencia a que el ánimo del acusado fuera el mantenimiento de relaciones sexuales, sino sentimentales y “amorosas”, lo que “puede implicar o no tratos de carácter sexual”.

Buenas relaciones en el trabajo, gracias a Dios, tenemos todos, y hay veces que consigues una excelente compenetración con algún compañero o compañera de trabajo, pero eso no quiere decir que le vayas tocando el culo y dando besitos, al menos, no si el contrario no está de acuerdo en ello.

Pues eso, que repasando la sentencia no nos queda otra que decir eso de por qué lo llaman AMOR cuando quieren decir SEXO...





2 comentarios:

Pilar dijo...

Amos no me jod** piiiiiiiiiiii... (con perdón)
Alucino.

Unknown dijo...

Y sin perdón, Pi, sin perdón... Ojiplático me quedé cuando lo leí :-)

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